lunes, 11 de noviembre de 2019

RÉGIMEN LABORAL DE CONSTRUCCIÓN CIVIL


RÉGIMEN LABORAL DE CONSTRUCCIÓN CIVIL

Es condición para solicitar el servicio de emisión del duplicado del carné de trabajador de construcción civil, que se encuentra vigente la inscripción del trabajador en el Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil - RETCC. b) Copia simple de la denuncia policial correspondiente, acompañada de declaración jurada acerca de su autenticidad. 

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La Subdirección de Registros Generales, o la que haga sus veces, de cualquier Dirección o Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo efectuada la emisión del duplicado del carné de trabajador de construcción civil dentro del plazo de tres (3) días hábiles contados a desde el día siguiente de presentada la solicitud. 9.1. 

Verificado el cumplimiento de los requisitos correspondientes, La dependencia competente de la Autoridad Administrativa de Trabajo procede a inscribir al trabajador en el Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil - RETCC.

 El aplicativo informático genera un carné a favor del trabajador. 9.2.
 El carné acredita la inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil - RETCC, contactando con un número único de registro e información relevante del trabajador.
 El número único de registro se conserva por cada persona al momento de realizar renovaciones o nuevas inscripciones. 9.3. 

 El carné acredita la inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil - RETCC, contactando con un número único de registro e información relevante del trabajador.
La inscripción y su acreditación mediante el respeto carné identificado el título habilitante para el ejercicio de la actividad de construcción civil en el ámbito nacional, durante el plazo de su vigencia. 9.4. 

 El carné acredita la inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil - RETCC, contactando con un número único de registro e información relevante del trabajador. 

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